Es el requerimiento que hace una persona natural o jurídica al CPIQ, con el fin de obtener copias o fotocopias de documentos e información pública que repose en la Entidad.
De acuerdo al artículo 74 de la Constitución Política de Colombia, TODAS las personas tienen derecho de acceder a los documentos públicos, salvo las excepciones que están la Ley.
Término de respuesta: 10 días hábiles siguientes a la recepción.
Si usted considera que su identidad debe mantenerse reservada por encontrarse en alguna de las circunstancias establecidas en el parágrafo del articulo 4 de la ley 1712/2014,deberá diligenciar su petición a través del siguiente enlace Realizar Petición.