En caso de que se presente la solicitud de Renovación o prórroga del permiso temporal fuera de tiempo, es decir, que se haya terminado la vigencia del permiso anterior, se podrá otorgar un nuevo permiso temporal tramitado como primera vez, siempre y cuando esté suficientemente motivado y cumpla con la totalidad de los requisitos señalados.
REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE RENOVACIÓN DE PERMISO TEMPORAL PARA INGENIEROS QUÍMICOS TITULADOS EN EL EXTERIOR:
Para realizar el proceso, debe iniciar sesión en la siguiente pantalla con su cuenta de usuario (en caso de no recordar su contraseña utilice la opción ¿Olvidó su contraseña?) y luego adjuntar por medio del formulario de trámites en línea del CPIQ los siguientes documentos:
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Archivo en pdf del original del Acta de grado y Diploma de Título Profesional.
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Recibo de consignación original por valor $1.287.000 correspondiente a un (1) Salario Mínimo Mensual (SMMLV), en formato .pdf.
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Fotocopia del Pasaporte y/o de la Cédula de Extranjería (si la posee) en formato .pdf
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Fotocopia del Contrato de trabajo vigente y firmado por ambas partes, en formato .pdf.
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Carta de la empresa justificando la solicitud del Permiso Temporal, especificando el cargo y las actividades que realizará en Colombia en formato .pdf.
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Carta de la empresa relacionando el total de Ingenieros Químicos vinculados a la compañía, con su respectivo número de Identificación y Cargo desempeñado en formato .pdf.
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Certificado de la Cámara de Comercio de la empresa, no mayor a 30 días en formato .pdf.
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Foto a Color 3 x 4, fondo blanco e iluminación de frente en formato .jpg o .png.
Subir los documentos a través del formulario respectivo de la página web del CPIQ.
NOTA: La consignación la puede realizar en la siguiente entidad bancaria:
- Banco Caja Social, Convenio No. 01663 a nombre del Consejo Profesional de Ingeniería Química de Colombia, Referencia (1) Numero de Cédula del Usuario, Referencia (2) Nombre completo del usuario.
Duración del trámite: 5 a 10 días hábiles a partir de la fecha de solicitud en línea, cumplimiento total de requisitos y verificación/validación de los documentos.
Se exceptúan de este tiempo los trámites que por causa ajena al CPIQ requieren la intervención de un tercero, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17, de la Ley 1755 de 2015.